1.
Disposiciones generales:
La
Biblioteca atiende de Lunes y Miércoles en el horario de 8 a 16:30
hs. – Martes, Jueves y Viernes en el horario de 8 a 18 hs
Todos
los servicios de la Biblioteca son gratuitos.
2.
Usuarios:
Podrán
inscribirse como socios:
-
Docentes de todos los niveles
-
Estudiantes de los Institutos de Formación Docente de gestión
pública y privada.
-
Agentes de la administración pública provincial (APP)
-
Estudiantes terciarios y universitarios
-
Miembros de la comunidad
-
Investigadores y mediadores culturales
3.
Requisitos:
Fotocopia
DNI.
4.
Préstamos:
Préstamos
en sala: el público en general podrá consultar el material en
sala.
Préstamos
a domicilio: es requisito indispensable para gozar del préstamo
de material bibliográfico a domicilio ser socio de la biblioteca.
Los
préstamos se realizan por un lapso de 15 días.
6.
Renovación
Cumplido
el plazo del préstamo, el socio deberá traer el libro pudiendo ser
renovado siempre que no esté reservado para otro socio.
7.
Resguardos y Sanciones
Los
lectores deberán manejar con sumo cuidado el material que se les
facilite, comunicando al bibliotecario cualquier deterioro o
anormalidad.
Está
prohibido rayar, señalar párrafos y/o mutilar las obras que se le
faciliten en préstamo.
El
material debe ser devuelto en la fecha estipulada; de lo contrario,
se aplicará al usuario una suspensión equivalente a la cantidad de
días de mora.
Todo
material dañado y/o perdido deberá ser repuesto en su edición
original o según disposición de la coordinadora.
Ante
la falta de devolución del material retirado, la biblioteca enviará
un reclamo recordatorio; en caso de no obtener respuesta
satisfactoria, se gestionará su devolución a través de otros
mecanismos legales determinados por la Subsecretaría.
Aquel
socio que incurra en reiterados incumplimientos podrá ser dado de
baja y su pedido de reincorporación quedará sujeto a decisión de
la Coordinadora de la biblioteca.
Las
sanciones previstas precedentemente serán aplicadas sin perjuicio de
las responsabilidades legales que pudieran corresponder.
8.
Disposiciones especiales
Los
casos no contemplados en el presente reglamento serán considerados
por la dirección de la Biblioteca Provincial de Maestros.